este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ordena:
Primero: Revocar la Medida de Colocación Familiar en la Entidad de Atención, y en tal sentido se ordena el egreso de la niña XXXXXXXX, de cinco (05) años de edad, de la entidad "Villa San Carlos de Austria" y su reingreso a la familia biológica a partir de la presente fecha.
Segundo: Se decreta medida provisional de Colocación Familiar en el Hogar de su abuela Materna, hasta tanto la madre se responsabilice y sea idónea para el cuidado de la referida niña.
Tercero: De conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se fija el siguiente Régimen de Visitas amplio y abierto de lunes a domingo de 9:00a.m. a 5:00p.m. para que la madre pueda visitar a su hija, siempre que no coincida con las horas de e4studio y descanso, asimi.....