DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano Hugo César Castillo Ramos, plenamente identificado, asistido por el Abogado Aníbal Montagne, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 26 de abril de 2006, mediante la cual niega al solicitante la entrega del vehículo marca: Chevrolet; modelo: Cheyenne; color: Rojo; placas: 360-XHJ; serial de carrocería: C1C4KNV373999; año: 1992; tipo: Pick-Up; uso: Carga; clase: Camioneta; serial del motor: KNV373999, a tenor de lo dispuesto en el literal b del Artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara; SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 25.....