-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ANTONIO CECILIO MERCADO E YRIS JAKELINE MENDOZA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.211.865, V-16.423.777, respectivamente; y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha primero (01) de marzo de dos mil trece (2.013), contraído por ante el Registro Civil del Municipio Tinaco, según consta en acta de matrimonio inserta bajo el Nº 54, folio 54,Tomo 01, del año 2.013; todo de conformidad con lo previsto .....