IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano PEDRO VICENTE PINEDA padre del fallecido, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-1.038.146, la cualidad de único y universal heredero del ciudadano RAUL ANTONIO PINEDA ALVARADO, quien en vida era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.670.241, quien falleció el día 16 de noviembre del año 2.021, en el Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, como se evidencia de la copia fotostáticas certificada del Acta de Defunción signada con el Nº 1.143, folio 143, Tomo V, año 2......