-IV-
DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN, y COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, la demanda interpuesta por la ciudadana ROSBELIA JOSÉ FLORES FUENTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.542.662, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 200.545, actuando en su carácter de Endosatario por Procuración del ciudadano ANDRÉS ELOY DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.539.204, con domicilio en la Avenida Bolívar de Tinaco, Estado Cojedes. SEGUNDO: Se condena a pagar el monto de la Obligación intimada que comprende: A) CINCUENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 55.000,00), valor principal de la Letra de Cambio adeudada; B) MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO .....