éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena en forma SUMARIA, al Ciudadano Jefe Civil del Municipio Autónomo Girardot del Estado Cojedes y al Registrador Principal del Estado Cojedes, estampar la debida nota Marginal en la Partida de Nacimiento previamente determinada así. DONDE DICE: Donde Dice: “…ANA BERTA.. ”, el cual es incorrecto, debe decir: “….ANA BERTHA”, que es lo correcto. Así se decide. Expídase Copias Certificadas de la Solicitud, de este auto y remítase con oficio a la autoridad competente.