-VII-
DISPOSITIVA
Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la demanda principal por DESALOJO, fundamentada en el artículo 34, literal "g" de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, interpuesta por la ciudadana CARMELA TARTAGLIA DE BADIALI, representada por el abogado en ejercicio OSWALDO MONAGAS POLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.049, en contra del ciudadano GEORGIOS DELIGIANNIS, representado por los abogados en ejercicio FELIX MEDINA BRACHO, FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ BOLÍVAR y ELIZABETH DELIGIANNIS PARADA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 48.177, 48.646 y 54.044, todos suficientemente identificados en los autos. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por tercería propuesta por la demandante en contr.....