En consecuencia, este JUZGADO PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, PRIMERO: Ratificar las ordenes de captura dictadas por este tribunal en auto de fecha 04 de octubre de 2006, en contra de las adolescentes adulto Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el articulo 65 segundo parágrafo de la Ley Orgànica para la Protecciòn del Niño Niña y Adolescentes. SEGUNDO: Oficiar lo conducente al Instituto Autónomo de Policía Bolivariana del estado Cojedes y al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y criminalísticas Delegación San Carlos Estado Cojedes, a los fines de que proceda a la inmediata ubicación y captura de las Jóvenes adultas supra citados, para ser recluidas en las Instalaciones de la Comandancia General de Policía Estado Cojedes, con sede e.....