Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: ÚNICO: Autorizar suficientemente a la ciudadana Lisseth Rojas Ruiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.247.834, para que gestione todo lo concerniente por ante el Pedagógico Caracas, ubicado en la ciudad de Caracas Distrito Capital y sede principal de la misma, sobre la suma de dinero que le pertenecen a sus hijos, Se omiten nombres, por concepto de Pensión de Sobreviviente, del causante de quien en vida respondiera al nombre de Reny Alexis Farfán, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.561.805. Así como cualquier otro beneficio que pudiera corresponderles a los niños antes señalados. Queda obligada, la sol.....