CAPITULO IV
DECISIÓN
En consideración a lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA que por REIVINDICACIÓN sigue JAIME JOSÉ DUARTE BUENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.640.680, actuando en nombre y representación de mis coherederos María Elena Duarte Bueno, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.691.666, Gladys Margarita Duarte Bueno, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.291.677, Pedro José Duarte Bueno, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V – 9.502.227 y Gustavo José Duarte Bueno, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.447.082, en virtud de la pérdida.....