-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: Consumada la Perención de la Instancia, en consecuencia, Extinguido el Proceso, en la Solicitud de Medida de Protección, intentada por la Ciudadana Rosan Angélica Sánchez Soto, titular de la Cédula de identidad Nº V-22.751.801, debidamente asistida por el Abogado José Dahel Moreno Blanco, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 321.385. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. TERCERO: Notifíquese a la Ciudadana Rosan Angélica Sánchez Soto, titular de la Cédula de identidad Nº V-22.751.801, debidamente asistida por el Abogado José Dahel Moreno Blanco, inscrito en el INPREABOGADO.....