En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano: GILBERT JESUS PIÑA MERIÑO, C. I: 15.667.893 (NO LA PORTA), venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 04/06/1983, de 27 años de edad, de profesión u oficio: Operador en COVELAR, estado civil: soltero, grado de instrucción: Bachiller, hijo de Oswaldo Piña y Margelis Medina, domiciliado en Barrio Jacinto Lara, Carrera 1, entre 3 y 4, Casa Nº S/N, al lado de la Escuela U. E. Jacinto Lara, Barquisimeto, Estado Lara, teléfono: 0251-2371219, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de: LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionada en el articulo 414 Código Penal Vigente. SEGUNDO: Acuerda se siga la Causa por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO previsto en el 372 del Código O.....