Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, sobre Régimen de Convivencia Familiar, suscrito por los ciudadanos Ergar Leandro Silva Narea, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.849.427, residenciado en Mango Redondo, vía Manrique, calle Principal, casa S/n, cerca de la Granja Los Robles, Municipio San Carlos del estado Cojedes y Verwin Escarlet Torres López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.487.079, a favor de la niña .........................., de un (1) año de edad. Precédase como en sentencia pasada con autoridad de COSA JUZGADA FORMA.....