DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por los ciudadanos LISWEL MEY ARREAZA HERNANDEZ y JOSE GUILLERMO LOPEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.643.838 y V-17.905.967, respectivamente y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el quince (15) de mayo de dos mil trece (2013), hasta la presente fecha. Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6° y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar la presente decisión ante el Registro Civil del Municipio Naguanagua estado Carab.....