este Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, ordena en forma sumaria al Secretario de este Juzgado y al Registro Principal del Estado Cojedes, estampar la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio previamente determinada así: Donde dice: "...MENESSINI..." Que es incorrecto, debe decir y leerse: "...MENESINI..." que es lo correcto". Así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatorias en costa en virtud de la naturaleza del fallo.