, Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: Primero: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO SUSCRITO, en los mismos términos acordados por los ciudadanos Maite Yoselin Guedez González y Fernando José Navas Ramos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.627.469 y V- 8.438.260, respectivamente. Segundo: Se fija oportunidad para oír a la adolescente en garantía al derecho que le asiste de opinar y ser oída conforme a la Ley especial antes descrita para celebrarse el día cuatro (04) de diciembre de 2017 a las diez y treinta horas de la mañana (10:30), a la que deberá asistir en compañía de su progenitora y en presencia de la Consejera de Protección a fin de que asiste sus derechos, quedan las partes notificadas con la firma de la presente acta. Tercero: Se insta a las partes a mantener una bu.....