el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo de Obligación de Manutención (Homologación), presentado por los ciudadanos NELLYS PÉREZ RAFAEL CHIRINOS y YAMILETH FLORES, en su carácter de Defensores Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses del hoy joven adulta ciudadana (Se omite el nombre), a requerimiento de los ciudadanos LILIANA NOHEMI VARGAS GOITIA y WILLIAN FRANCISCO GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.413.405 y V-10.324.352, respectivamente. En consecuencia, una vez transcurrido el lapso de ley pa.....