Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos YOLIS NOHEMI BARRAEZ LISCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.555.149, domiciliada en San Luis l, Sector Camoruco, calle la Bomba, casa S/N Tinaco Estado Cojedes y MARCOS ANTONIO CRESPO ALCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.138.118, domiciliado en la Mendera, Piritu Estado Portuguesa, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional, por incompatibilidad de caracteres y por desafecto; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matri.....