Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana PORFIRIA AGUIAR DE CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.040.634, el derecho de propiedad sobre una bienhechuría constituida por una casa de habitación familiar, edificada en un lote de terreno de (234,50 mts2), propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU) está constituida por un porche, sala-recibo, cocina-comedor, 2 baños, 4 dormitorios, fregaderos y lavanderos, 1 garaje, consta de una escalera de concreto que da acceso a una terraza con piso de cemento y techo de acerolit y e.....