-IV-
DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecidos en los artículos 640, 643, 644 y 646 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda intentada por el ciudadano ADELINO COSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.334.452, de profesión u oficio comerciante, casado, domiciliado en la avenida Caracas, sector callejón, al lado de la capilla, casa Nro. 19-60, San Carlos estado Cojedes, contra el ciudadano MIGUEL VELASQUEZ HARTL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.609.791, con domicilio laboral en la urbanización 23 de Enero, al lado del Liceo Bolivariano Elo.....