este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Resolución de Contrato de Compra-Venta incoada por el ciudadano CARLOS MANUEL MOLLEGAS RIVAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.882.092, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.239, actuando con el carácter de coapoderado judicial del ciuadano MIGUEL ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.076.600 en contra de la ciudadana CARMEN EDUVINA MORALES ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.527.927, y en consecuencia ordena: