DECISIÓN
Por las razones, antes expuestas, después de un exhaustivo análisis y por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescentes del Circuito Judicial penal del estado Cojedes ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente solicitud fiscal signada bajo el Nº 2C-300-11 a favor del adolescente GABRIEL ARANGUREN, (sin identificación plena), seguida por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES previsto en el articulo 413 del Código Penal, por cuanto la acción penal se ha extinguido, POR PRESCRIPCION, de conformidad con el contenido de los artículos 318 numeral 3º, 108 ordinal 5º del Código Penal aplicado supletoriamente por remisión del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y.....