Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la demanda de Fijación de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Kateryn Racheld Herrera Guzmán, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-25.534.284, contra el ciudadano José Gregorio Vera Matute, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.889.257, a favor del niño Se omite nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, de diez (10) meses de edad. Así se decide.
Segundo: Se establece la Obligación de Manutención en la cantidad de Ochocientos bolívares sin céntimos (Bs. 800,00), mensual; para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares del mes de julio, la cantidad de Un Mil Quinientos bolívares sin céntimos (Bs. 1.500,00), como bono navideño, la cantidad de dos bolívares (Bs. 2.000,00), para cubrir gastos de estrenos en el mes de diciembre. En r.....