este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, ejecución y transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: Único: De conformidad con lo establecido en el artículo 383 literal b, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declarar extinguido el procedimiento de Obligación de Manutención, incoada por la GLENDA OVIEDO DE DELGADO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 27.903, asistiendo a la ciudadana EDELMIRA DE JESUS GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-5.749.358, residenciada en Tinaco estado Cojedes, actuando en nombre y representación de los niños ......................... Y ......................,, quienes actualmente tienen treinta (30) y veintinueve (29) años de edad respectivamente, en contra del ciudadano CARLOS MIGUEL RIV.....