Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en atención al interés superior de la niña SE OMITE NOMBRE, de siete (07) años de edad, previsto en el literal a) y e) del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: Ratificar Medida de Colocación Familiar de la niña SE OMITE NOMBRE, en el hogar de las ciudadanos Rosalba Lemus De Cancines y Rafael Antonio Cancines, dictada por la extinta sala Nº 01 de fecha 05 de junio del 2.006. Líbrese la correspondiente constancia de colocación familiar, la cual tendrá una vigencia de seis meses.
SEGUNDO: Se ordena la realización de un informe técnico integral ampliado a la progenitora y al grupo familiar de la madre bi.....