este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" y "l" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y atendiendo al Interés Superior del adolescente SE OMITE NOMBRE, Resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas evacuadas para acreditar al adolescente SE OMITE NOMBRE, de doce (12) años de edad, como parte de la carga familiar y en consecuencia, dependiente económicamente de la ciudadana Martha Alejandra Valdez Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.090.686, domiciliada en la calle Alegría, casa Nro. 17-309, Municipio San Carlos estado Cojedes, quien labora en el Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolesc.....