este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide:
Primero: Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio propuesto por los ciudadanos Ingrid Arelis Sehuanes Zapata, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.811.493 y Ángel José Doria Rondón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.711.199, quienes contrajeron matrimonio ante la Prefectura del Municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 09/06/1995, tal como se evidencia en el acta de matrimonio Nro. 179, inserta al folio cinco (5) del presente asunto Segundo: En cuanto a los convenios suscritos entre las partes en relación al ejercicio de la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Custodia, Obligación de Manutención y Régi.....