Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, asume la competencia para conocer de la solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, propuesta por la Sociedad Mercantil AGROSUVEN C.A., Empresa debidamente Registrada por ante el Registro Mercantil Primero del estado Carabobo, anotado bajo el Nº 15 Tomo 124.A 316; del año 2016, debidamente representada por la abogada ALVEIRA BRITO QUIJADA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.305.
Con fundamento con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017). Años:.....