Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, asume la competencia para conocer de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, propuesta por los ciudadanos EUGENIO ANTONIO SANCHEZ y RAFAEL SIMON OSTO, venezolanos, mayores de edad, soltero y divorciado, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-4.805.656 y V-3.041.913 respectivamente, con fundamento con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil trece (2013). Años: 203º y 154º.
El Juez Provisorio,
Abg. FREDDY R. SARABIA C. .....