Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: Consumada la Perención de la Instancia-, en consecuencia, Extinguido el Proceso, en la demanda de PARTICIÓN, presentada por los Ciudadanos LEONOR GUARETT DA SILVA DA SILVA, JOSÉ ELIAS DA SILVA DA SILVA, MARIA ALCIDA DA SILVA DA SILVA, JUAN CARLOS DA SILVA DA SILVA, CELIA MARIA DA SILVA DA SILVA, MANUEL PIO DA SILVA DA SILVA, y GLADYS GASPAR DA SILVA DA SILVA contra las Ciudadanas CARMEN ALIDA YUSTI y CARMEN ELENA DA SILVA YUSTI, y dándosele entrada a las presentes actuaciones en este Tribunal por auto dictado en fecha 10 de octubre de 2012. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. TERCERO: Notifíquese.....