éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos PEDRO RAMON RIVAS HERRERA y ZHAYDEE DEL CARMEN MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.974.621 y V-14.113.119, respectivamente y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, 15 de julio de 2010, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.