Por las razones expuestas y previa lectura acordada por Secretaría estando conforme por los manifestantes, éste Tribunal de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos LUIS MANUEL VILLA MELENDEZ y AURIANNY LAIDETH TORREALBA MORENO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.324.232 y 19.543.054, respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Canta Claro, Sector "J", casa Nº 5, y la segunda en la Avenida Rómulo Betancourt, Herrereña I, casa N° 25; ambos de ésta ciudad de San Carlos, estado Cojedes, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy veintiocho (28) de septiembre de 2009, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabe.....