DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA A LOS CIUDADANOS LUIS ÁNGEL ESCOBAR NATERA y FRANCY ISABEL GODOY RODRÍGUEZ, ampliamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio por ante la primera Autoridad Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, en fecha seis (06) de abril de 2006; según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante a los folios tres (03) y cuatro y (04) de la solicitud signada con el Nº 2879/10.
El tribunal nada establece en cuanto a bienes constituidos en la comunidad conyugal, por cuanto, los solicitantes manifestaron no haberlos obtenidos.....