DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto y vista la solicitud presentada por la ciudadana YADY COROMOTO PINTO SARMIENTO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.986.735, domiciliada en el Sector Banco Obrero, San Carlos Estado Cojedes, actuando en condición de cónyuge y en representación de los herederos NELSON LUIS ALFONSO GÓMEZ PINTO y MAYKOL YHACKSON LUIS RAMÓN GÓMEZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-19.722.521, V-19.722.523 respectivamente de este domicilio; asistida por la abogada en ejercicio, ARELIS HERNÁNDEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 136.523; y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos YADY COROMOTO PINTO SARMIENTO, NELSON LUIS ALFONSO GÓMEZ PINTO y MAYKOL YHACKSON LUIS RAMÓN GÓMEZ PINTO, en su condición de esposa e hijos, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano .....