DECISIÓN
En merito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos LUIS ADOLFO BELLI LEONE y HAISAM BOU DIAB NEIME, titulares de la cédula de identidad números V-7.059.409 y V-7.560.933, en su condición de Gerente de Producción y Vicepresidente, y Gerente de Comercialización de la entidad de trabajo VENEZOLANA DE RADIADORES S.A. (VERSA), respectivamente, asistidos por los Abogados Rubén Rodríguez y Gustavo Matute, debidamente inscritos en I.P.S.A. bajo los Nros. 101.508 y 9.982, representantes judiciales de la referida entidad de trabajo; en contra de la ciudadana ADELAIDA PEREZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.042.866. SEGUNDO: Se ratif.....