En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano OMAR ANTONIO RIVAS ARIAS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 9.520.532 por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, condenándose a la parte demandada LUIS ALEXANDER BRUZUAL, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 13.104.518 al pago de la cantidad de SEIS MIL CIENTO VEINTINUEVE BOLIVARES FUERTES (Bs.6.129) correspondientes a los conceptos anteriormente señalados.
Se condena a la demandada al pago de las costas, por haber resultado totalmente vencida, de conformidad a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica del Trabajo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena el pago de los intereses de mora sobre la cantidad condenada, causados desde el 08 de Julio d.....