Vista la diligencia presentada por ante este Tribunal en fecha 15 de febrero del año 2006, suscritas por los ciudadanos Abgs. LUIS ENRIQUE BELLO, inscrito en el IPSA bajo el No- 92.954, actuando en este acto como apoderado judicial de la empresa accionada GOODYEAR PRODUCTOS INDUSTRIALES, C.A y GUSTAVO ENRIQUE PINEDA, inscrito en el IPSA bajo el No- 15.970, actuando en representación del ciudadano LUIS ANTONIO UZCATEGUI MORALES, parte accionante, ambas representaciones debidamente constatada en autos, diligencia que corre inserta al folio siete (07) de la segunda pieza del presente asunto, signado con la nomenclatura HC01-R-1989-000002, de en donde le manifiestan a este Tribunal que: "... Ambas partes de mutuo acuerdo comparecemos ante este Despacho a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado por la sentencia dictada por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 11 de octubre del año 2005..." "... así el abogado LUIS ENRIQUE B.....