Ahora bien, revisadas las actas, a quien le corresponde suscribir el presente fallo como Directora del Proceso, en virtud de la solicitud hecha por el propio apoderado judicial de la accionante, con relación a que se proceda a impartir la homologación de la causa por haberse alcanzado la Mediación de la misma, tal como se evidencia en el Acta de Mediación de fecha 10 de agosto del año 2010, el cual corre inserto al folio 23, el cual motivó el pago transado entre las partes de la prestaciones sociales de la accionante, solicitándole que se le de para sí el efecto de Cosa Juzgada, dados como están los extremos de Ley para que se imparta la debida homologación, actuando de conformidad con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concatenados con el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Parágrafo Primero del último de los señalados, el artículo 255 del Código de Procedimient.....