DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de Revisión de Obligación Alimentaría interpuesta por la Fiscalía IV del Ministerio Público, a solicitud de la ciudadana DELIBEX RAMOS LOPEZ DE MENDOZA, en contra del ciudadano FRANCISCO MIGUEL MENDOZA REYEZ, a favor del adolescente MARCOS MIGUEL MENDOZA, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se aumenta el monto de la obligación alimentaría a un quinto del salario integral mensual que devenga el demandado, es decir, a la cantidad de CIENTO UN MIL QUINIENTOS DOCE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.101.512,oo), la cual será entregada directamente por parte del demandado al adolescente.
TERCERO: Se aumenta el monto de la bonificación de fin de año, a un salario mínimo, es decir, la cantidad de CUATROCIE.....