DECISIÓN
En mérito de las razones antes expuestas es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos OSCAR ALONSO AGUDELO CASTAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.594.119 y MARTHA EUGENIA RESTREPO, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-80.301.975. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los unía desde el día ocho (08) de julio de mil novecientos setenta y dos (1.972), por ante la Parroquia Santa Mónica, bajo el Nº 6, folio 549 de la República de Colombia, que dicha Acta de Matrimonio se encuentra asentada por ante la Prefectura del Municipio San Carlos Estado Cojedes en el Libro de Registros de Matrimonios correspondientes al año dos mil seis (2006.....