IV.- DECISIÓN.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara PROCEDENTE el BENEFICIO DE JUSTICIA GRATUITA solicitado personalmente por la ciudadana LIBERTA RAMONA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.537.810, conforme a lo establecido en los artículos 175 al 182 del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.-
Se condena en costas a la ciudadana DILIA COROMOTO GUEDEZ MARCHAN, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad número V.-7.560.985, por haber resultado vencida en la presente incidencia, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Así se determina.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada del presente fallo por Secr.....