En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la rectificación de la Partida de Nacimiento del ciudadano ANTONIO SAADE AURE, en cuanto a la mención del nombre de su madre en el respectivo asiento, por lo que consecuencia se ordena RECTIFICAR el asiento que aparece en el acta de nacimiento inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos que por Duplicado llevó la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes, durante el año 1948, inserta bajo el N° 177, contentiva del acta de nacimiento del ciudadano ANTONIO SAADE AURE, en el sentido de que en la misma se corrija el error develado en cuanto a la indicación del nombre de su madre y en tal virtud: donde dice : “y de su esposa.....