En merito de las razones expuestas en los capítulos precedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Con Lugar la demanda de Divorcio por Abandono Voluntario contemplada en el numeral 2º del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por la ciudadana: Daglet Tereza Catariz Ramos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.383.839, domiciliada en el Complejo Habitacional Ezequiel Zamora, Zona 16, Torre B, piso 1, apartamento 1-4, de la ciudad de San Carlos estado Cojedes; debidamente asistida por el Abogado Jorge Luis Sánchez Muñoz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.327.448, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 234.900, en contra su cónyuge ciudadano Ángel David Herrera Molina, v.....