Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley condena a (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), ya identificado, como autor por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 272 en concordancia con el artículo 277 ambos del Código Penal Y PORTE ILICITO DE MUNICIONES, previsto en los artículos 3 y 7 de la Ley sobre Armas y Explosivos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y le condena a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con el articulo 620 literal "d y e" y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el tiempo de OCHO MESES ,y sucesivamente la sanción de SERVICIO A LA COMUNIDAD de conformidad con el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolesce.....