DECISIÓN
Por todas las razones supra expuestas, es por lo que este Tribunal de Ejecución es del criterio que en esta oportunidad lo procedente es NO AUTORIZAR, por tanto NEGAR, a la penada RUIZ VELÁSQUEZ, DEISY CAROLINA, la medida alternativa de cumplimiento de pena, consistente en el Destacamento de Trabajo, por cuanto se constató supra, la existencia de un Informe Técnico Psico-Social, mediante el cual el Equipo Técnico encargado del abordaje Psicosocial de la sentenciada emite pronunciamiento desfavorable al otorgamiento de la medida en cuestión. En consecuencia concluye el juzgador que en esta oportunidad no concurren, todas y cada una de las circunstancias requeridas en el supra referido artículo 500 del Código Adjetivo Penal, particularmente, la circunstancia desarrollada en el numeral 3, es decir, la existencia de un pronóstico de conducta favorable de la penada RUIZ VELÁSQUEZ, DEISY CAROLINA, emitido de acuerdo a la evaluación realizada por el equipo técnico; toda vez que d.....