DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. PRIMERO: Procedente la corrección del numero de cedula de identidad del penado de autos HENRY JOSE SARMIENTO DIAZ, de nacionalidad Venezolana, portador de la cedula de identidad 16.423.958, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 05/09/1982, por error, emitido por este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN de auto de fecha 06 DE MAYO DE 2013, todo de conformidad con el artículo 128 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE SEGUNDO: ORDENA la corrección en la identificación del ciudadano HENRY JOSE SARMIENTO DIAZ, auto de fecha 06 DE MAYO DE 2013 de la misma señalando como identificación el número de cedula de identidad numero 15.628.616, siendo el número correcto de identificación 16.423.958, todo d.....