DISPOSITIVA
En consecuencia, por todas las razones de hecho y de derecho antes descritas este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCI0NES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Ejecutada la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de fecha 5 de Junio de 2013, mediante la cual CONDENÓ a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SIETE (07) MESES DE PRISION.al ciudadano OMAR JOSE PADRON GAMEZ, titular de la cédula de identidad numero 25.122.394, nacido en fecha 09-02-1988, por la comisión del delito de CÓMPLICE del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el ordinal 3° del artículo 84 eiusdem, vigente para el momento de ocurrir los hechos. . ASI SE DECIDE. SEGUND.....