DECISION
Por todas las razones supra expuestas, es por lo que este Tribunal Segundo de Juicio, estima que lo procedente en esta oportunidad es NEGAR, la sustitución, por una medida menos gravosa, vía REVISIÓN, de la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, aplicada en su oportunidad al acusado ALÍ GABRIEL DELGADO CRESPO, supra identificado; tal como lo solicitara a su favor el ciudadano Defensor Público Penal, Abogado EMILIO CRISTÓBAL MELET PINTO, Defensor Público Penal Cuarto del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, actuando en sustitución del Defensor Público Luís Villavicencio. Por cuanto hasta la presente fecha no han variado las circunstancias de lugar, tiempo y modo, que, motivaron la aplicación de dicha medida cautelar judicial privativa de libertad al mencionado acusado, la cual fue Decretada en la oportunidad de la Audiencia de Presentación supra referida, y ratificada por el mismo Juez de Control en la oportunidad de la Audiencia Preliminar, también referi.....