En consecuencia de conformidad con lo previsto en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal SE ORDENA abrir el JUICIO ORAL Y PÚBLICO y se ordena EL ENJUICIAMIENTO del ciudadano VICTOR ENRIQUE MACHADO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.040.555, comerciante, mayor de edad, residencia en el Barrio Alberto Ravel, Calle Salias Casa 7-40, San Carlos Estado Cojedes, mediante auto que se dictará separadamente. No hubo estipulaciones de las partes. Se emplaza a las partes para que un lapso de cinco (05) concurran por ante el Tribunal de Juicio. En cuanto al Sobreseimiento solicitado por el Fiscal del Ministerio Publico se acordara por AUTO SEPARADO. Se acuerda las copias simples solicitadas por la defensa publica. ASÍ SE DECIDE Es todo. Ofíciese lo conducente. Es todo. Termino, siendo las 2:30 horas de la tarde, se leyó y conformen Firman:
JUEZ DE CONTROL N° 03
ABOG. EULISER FERNANDEZ
FISCAL TERCE.....