Se ordena la apertura del JUICIO ORAL Y PUBLICO, al ciudadano JOSUE ISAAC PAEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR (MOTO) EN GRADO DE FRUSTRACION, previstos y sancionados en el artículo 458 del Código Penal y 05 de la Ley Sobre El Hurto o Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 80 y 83 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NEHOMAR GERARDO ACERO PETIT, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.018.810 y residenciado en el Barrio Los Samanes II, calle Sucre, casa Nº 16-32 de San Carlos Estado Cojedes y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 09 de la citada Ley Sobre El Hurto o Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de LERRY JOSE ESCALONA, venezolano, natural de San Carlos Estado Cojedes,. donde nació el 02-03-77, de 28 años de edad, soltero, Editor, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.770.555 y residenciado en la Urbanizació.....